¿Qué hacer en caso de contingencia común?

En las empresas que tienen concertada la opción de contingencias comunes con Activa Mutua 2008, los trabajadores que causen baja médica por dicha contingencia y sean baja en la empresa, pueden solicitar el pago directo de la prestación económica por contingencias comunes a la mutua. Por ello, deberán adjuntar la siguiente documentación:

  • Documentación necesaria

    Documentación común a todas las solicitudes:
    • Documento de Solicitud de Pago Directo, debidamente cumplimentado y firmado.
    • Fotocopia del DNI o del permiso de residencia en vigor.
    • Documento de IRPF, debidamente cumplimentado y firmado.
    • Libro de familia (en el caso de tener hijos)

  • Régimen general:

    • Certificado de empresa con las bases de cotización de los últimos 180 días anteriores a la extinción (si la antigüedad en la última empresa es inferior a 180 días,: certificados de todas las empresas hasta computar los 180 días o Vida Laboral y certificado cotizaciones).
    • Empresas de menos de 10 trabajadores y más de 6 meses de baja: Comunicación de la empresa dando traslado a la Mutua sobre su obligación de pago directo a partir del 6 º mes de baja.

    Representante de comercio:
    • Certificado de empresa.
    • Fotocopia del TC1 / 3 del mes anterior a la fecha de baja médica o nómina del mes anterior a la baja.

    Trabajador fijo discontinuo:
    • Certificado de empresa con las bases de cotización de los tres últimos meses anteriores a la baja.
    • Fotocopia, en su caso, de la llamada actividad o comunicación de cese.

    Artista con obligación a cotizar y profesional taurino
    :
    •  Declaración de actividades TC4 / 6 y justificante de actuaciones TC4 / 5 de los 12 meses anteriores a la fecha de la baja médica.


    Trabajador del Régimen Especial Agrario:
    • Copia de los TC2 correspondientes a los tres últimos meses.

    Trabajador por cuenta propia:
    • Modelo de Declaración de la Situación de Actividad debidamente cumplimentado y firmado que deberá renovarse semestralmente.
    • Justificante de cotización de los últimos 3 meses. Cuando tenga concedido un aplazamiento en las cuotas con la TGSS S. deberá adjuntar fotocopia de la Resolución y justificante del pago de los aplazamientos.

    Activa Mutua 2008 le informa

    La Mutua está facultada para requerir a reconocimiento médico. La negativa a someterse a estos reconocimientos médicos dará lugar a la expedición de la propuesta de alta por los servicios médicos propios o por la Inspección del Servicio Público de Salud (artículo 13 de la OM 19 de junio de 1997).

    En caso de incomparecencia injustificada a reconocimiento médico, se procederá a la extinción de la prestación económica (artículo 131.bis del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, según modificación del artículo 34.4 de la Ley 24/2001 de 27 de diciembre).