Prestación de comisiones especiales
El Real Decreto 1993/1995 de 7 de diciembre prevé que las Mutuas de Accidentes de Trabajo constituyan una Comisión de Prestaciones Especiales formada por empresarios en representación del colectivo de empresas mutualistas y representantes designados de los trabajadores protegidos por la Mutua.
La acción de la Comisión de Prestaciones Especiales de Activa Mutua 2008 ha sido destinada al reconocimiento, ya sea a las personas que han sufrido un Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional o sus beneficiarios, de una prestación que complemente las que la mutua ya los ha reconocido.
Estas ayudas se financian con el 10% de los excedentes derivados de la gestión por las contingencias profesionales.
La Comisión de Prestaciones Especiales se nutre del 10% de los excedentes de la gestión de Activa Mutua. Cabe destacar que, Activa Mutua, gracias a la buena gestión económica, es de las mutuas que dispone de la posibilidad de destinar ese 10% de excedentes anuales al Fondo de Prestaciones Especiales.
¿Qué ofrece la Comisión de Prestaciones Especiales?
Entre las ayudas que complementan las prestaciones de la Seguridad Social, destacamos:
- Coste de los gastos de familiares acompañantes por día de ingreso del accidentado al Hospital y posibles desplazamientos.
- Complemento al auxilio por defunción.
- Supresión de barreras en vivienda.
- Adaptación del vehículo.
- Ayuda a la familia para pensionistas por Gran Invalidez o por Muerte y Supervivencia. (Ayuda guardería o estudios para hijos de hasta 18 años)
- Restitución objetos materiales personales dañados por Accidente de Trabajo.
- Ayuda especial anual a los pensionistas por muerte y supervivencia con mensualidad no superior al salario mínimo interprofesional.
- Bolsa anual de ayuda a accidentados con Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez.
- Ayuda a la orfandad.