Prestación de comisiones especiales

El Real Decreto 1993/1995 de 7 de diciembre prevé que las Mutuas de Accidentes de Trabajo constituyan una Comisión de Prestaciones Especiales formada por empresarios en representación del colectivo de empresas mutualistas y representantes designados de los trabajadores protegidos por la Mutua.

La acción de la Comisión de Prestaciones Especiales de Activa Mutua 2008 ha sido destinada al reconocimiento, ya sea a las personas que han sufrido un Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional o sus beneficiarios, de una prestación que complemente las que la mutua ya los ha reconocido.

Estas ayudas se financian con el 10% de los excedentes derivados de la gestión por las contingencias profesionales.

La Comisión de Prestaciones Especiales se nutre del 10% de los excedentes de la gestión de Activa Mutua. Cabe destacar que, Activa Mutua, gracias a la buena gestión económica, es de las mutuas que dispone de la posibilidad de destinar ese 10% de excedentes anuales al Fondo de Prestaciones Especiales.

¿Qué ofrece la Comisión de Prestaciones Especiales?

Entre las ayudas que complementan las prestaciones de la Seguridad Social, destacamos:

  • Coste de los gastos de familiares acompañantes por día de ingreso del accidentado al Hospital y posibles desplazamientos.
  • Complemento al auxilio por defunción.
  • Supresión de barreras en vivienda.
  • Adaptación del vehículo.
  • Ayuda a la familia para pensionistas por Gran Invalidez o por Muerte y Supervivencia. (Ayuda guardería o estudios para hijos de hasta 18 años)
  • Restitución objetos materiales personales dañados por Accidente de Trabajo.
  • Ayuda especial anual a los pensionistas por muerte y supervivencia con mensualidad no superior al salario mínimo interprofesional.
  • Bolsa anual de ayuda a accidentados con Incapacidad Permanente en grado de Gran Invalidez.
  • Ayuda a la orfandad.