Activa Mutua, como mutua colaboradora con la Seguridad Social nº 3, y según el artículo nº 2, punto b, está comprendida en el ámbito de aplicación de la “Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”. Por este motivo y para atender este derecho de los ciudadanos, mutualistas e interesados ponemos a su disposición la siguiente información.
Información Institucional y Organizativa
Activa Mutua somos una asociación de empresarios, sin ánimo de lucro y de carácter voluntario, constituida con el principal objetivo de colaborar en la gestión de la asistencia sanitaria y las prestaciones de la Seguridad Social como:
- Cobertura de las contingencias profesionales: accidente de trabajo y enfermedad profesional.
- Cobertura de la prestación económica de incapacidad temporal por contingencias comunes: accidente no laboral y enfermedad común.
- Cobertura del cese de actividad de los trabajadores autónomos.
- Somos estrechos colaboradores de las empresas y les proporcionamos sólidas bases para su óptima competitividad y productividad. Fruto de ello, en Activa Mutua hemos adaptado las prestaciones de la Seguridad Social a las necesidades específicas de diferentes sectores económicos, con la constitución de oficinas sectoriales, de manera pionera y exclusiva en el sector.
Por otro lado, ofrecemos un servicio asistencial muy próximo en 42 provincias con 77 delegaciones y 34 centros médicos, lo que nos permite atender a nuestros mutualistas de la manera más profesional y personalizada. Activa Mutua también contamos con dos hospitales: una clínica propia en Tarragona y otra mancomunada en Valencia.
En Activa Mutua tenemos una clara y decidida vocación social. Por ello, dedicamos todos nuestros esfuerzos y recursos a garantizar el más completo asesoramiento a las empresas, así como la asistencia y la protección de los trabajadores.
Un objetivo que alcanzamos gracias a la labor diaria de nuestro personal, cuyos esfuerzos quedan plasmados en la calidad de nuestros servicios y en la satisfacción del mutualista.
Con unos antecedentes históricos que se remontan a 1903, Activa Mutua estamos situados en el puesto número 9 en la clasificación nacional del sector en volumen de cuotas y en el puesto número 7 en términos de solvencia.
Ofrecemos servicio a 60.000 empresas y protegemos a más de 504.000 trabajadores.
Profesionalización, innovación y eficacia son los firmes pilares sobre los cuales se sostiene nuestra estrategia de servicio y gestión.
Misión
Nuestra misión se centra en mejorar la salud laboral de nuestros trabajadores mediante una asistencia sanitaria humana y próxima. Damos especial relevancia a la prevención y a la gestión de forma eficiente los recursos de la Seguridad Social.
Visión
Aspiramos a ser una mutua líder en la gestión de las prestaciones sanitarias, sociales y económicas, manteniendo nuestra identidad, y trabajamos para ser identificados como la mutua más cercana.
Valores
Los valores con los que nos identificamos y que pretendemos que impregnen nuestra labor diaria son la transparencia, la innovación, el trabajo en equipo, la eficiencia, la sostenibilidad, la superación, la excelencia, la proximidad al cliente, la identidad y un inquebrantable compromiso ético.
Activa Mutua nace en 2008 fruto de la fusión de tres mutuas totalmente consolidadas en el sector —FIMAC, MUPA y REDDISMATT— con la intención de dar un paso adelante en la gestión de servicios mutualistas y con el compromiso férreo de ofrecer asistencia y protección a la empresa y a sus trabajadores, mediante la promoción de estilos de vida y de trabajo saludables.
MUPA
1914: Nace la Mutua Igualadina, Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, nº 28.
1925: Nace la Mutua Lleidatana, Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, nº 25.
1993: Fusión entre ambas mutuas, dando lugar a MUPA, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, nº 25.
REDDIS UNIÓN MUTUAL
1922: En 1922 se constituyó REDDIS en la ciudad de Reus.
1985: Se inicia un proceso de expansión territorial con la absorción de la Mutua de Cansaladers de Barcelona, fundada el año 1933.
1988: Fusión con Unión Mutual de Catalunya. Mutua que proviene de la unión de Mutua de Cerrajeros, USIL (Unión Sindical de las Industrias del Libro) y Contratistas. Pasa a denominarse Reddis Unión Mutual.
1989: Se autoriza la fusión por absorción de la Mutua Aseguradora del Campo, con implantación destacada en el sector agrario.
2007: Se crea ReddisMatt de la fusión de Reddis Unión Mutual con la Mutua de Accidentes de Tarragona.
FIMAC
1930: Nace la Mutualidad FIATC, nº 35 en Barcelona.
1966: Se establece la denominación FIATC Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, nº 35.
1983: FIATC Mutual Patronal de Accidentes de Trabajo, nº 35 absorbe la Mutua Porvenir, Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo, nº 245.
1994: Se aprueba la denominación FIMAC, como M.A.T.E.P.S.S.
MATT
1922: En el 1922 se constituyó MATT, Mutua de Accidentes de Trabajo de Tarragona.
1986: Inicia su proceso de expansión con la incorporación de la Mutua de Carpinteros de Barcelona.
1990: La Mutua de Accidentes de Trabajo de Tarragona se fusiona con la Mutua de Amposta, nº 215.
1991: La Mutua de Accidentes de Trabajo de Tarragona se fusiona con la Mutua de Palafrugell, nº 168.
1991: La Mutua de Accidentes de Trabajo de Tarragona se fusiona con la Mutua de Bisbal de l’Empordà.
2007: La Mutua de Accidentes de Trabajo de Tarragona se fusiona con Reddis Unión Mutual creando REDDISMATT.
Junta General
Órgano superior de gobierno de Umivale Activa integrada por el colectivo de los empresarios asociados y un representante de los trabajadores al servicio de la mutua.
Junta Directiva
Órgano ejecutivo que tiene a su cargo el gobierno directo e inmediato de Umivale Activa, correspondiéndole la convocatoria de la Junta General y la ejecución de los acuerdos adoptados por la misma, así como las demás funciones que se establezcan en los estatutos.
Comisión de Control y Seguimiento
Órgano de participación institucional en el control y seguimiento de la gestión desarrollada por Umivale Activa.
Comisión de Prestaciones Especiales
Esta comisión estudia y atiende las situaciones especiales de necesidad, con ocasión de haber sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional, mediante acciones concretas orientadas a mejorar la protección de los trabajadores y de sus familiares.
Comisión de Auditoría y Cumplimiento
Órgano interno permanente, sin funciones ejecutivas, con facultades de información, asesoramiento y supervisión de la eficacia del control interno de la Mutua en el ámbito de Auditoría Interna y Compliance, así como de sus sistemas de gestión de riesgos.
El importe de las retribuciones del director gerente, director gerente en funciones y alta dirección se regula en el artículo 88.4 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que se remite a los límites máximos fijados por el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo:
Para el año 2020 los conceptos retributivos son:
Director Gerente
- Retribución Básica: 80.000,00 €.
- Complemento de puesto: 24.000,00 €.
- Retribución Variable: Hasta 16.000,00 €.
Director Gerente en Funciones
- Retribución Básica: 80.000,00 €.
- Complemento de puesto: 24.000,00 €.
- Retribución Variable: Hasta 10.000,00 €.
Alta Dirección
- Retribución Básica: de 60.000.00 € a 63.834,00 €.
- Complemento de puesto: de 10.000,00 € a 38.112,96 €.
- Retribución Variable: de 0,00 € a 10.000,00 €.
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Información Económica, Presupuestaria y Estadística
Contratos objeto de licitación y contratos menores
Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación del Título I: Transparencia de la Actividad Pública, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, deberán hacer pública la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria en cumplimiento del artículo 8 de este Título I.
Volumen presupuestario de los contratos adjudicados
Volumen presupuestario de los contratos formalizados por Activa Mutua. Período de vigencia: 01/01/2020 –31/08/2020
Descargar documento aquí
Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación del Título I: Transparencia de la Actividad Pública, de la Ley 19/2013, de 9 diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, deberán hacer pública la información relativa a las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y fiscalización: Cuentas anuales que se tiene que rendir
- Balance Integrado. Ejercicio 2019 (rendidas)
- Cuenta del resultado económico-patrimonial. Integrado. Ejercicio 2019 (rendidas)
Informe auditoría de las cuentas anuales
Informes de auditoría de cuentas y fiscalización
- Informe de Auditoría de las cuentas anuales. Ejercicio 2019 (Gestión del Patrimonio Histórico)
- Informe de Auditoría de las cuentas anuales. Ejercicio 2019 (Gestión del Patrimonio de la Seguridad Social)
- Estado de ejecución del presupuesto. Liquidación de gastos
- Estado de ejecución del presupuesto. Liquidación de ingresos
Relación de los bienes inmuebles
Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación del Título I: Transparencia de la Actividad Pública, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, deberán hacer pública la relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostente algún derecho real.
- Relación de inmuebles propiedad de Activa Mutua.
- Relación de inmuebles propiedad de la Tesoreria de la Seguridad Social adscritos a los fines de Activa Mutua.
Comunicaciones y solicitudes en materia de transparencia
Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
«Según los artículos nº 17 y 22, de la «Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno«, el ejercicio del derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública se iniciará con la presentación de la correspondiente solicitud, que deberá dirigirse al titular del órgano administrativo o entidad que posea la información, en este caso, Activa Mutua 2008.
Dicha solicitud podrá presentarse por cualquier medio, preferentemente electrónico, que permita tener constancia de:
- La identidad del solicitante.
- La información que se solicita.
- Una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones.
- En su caso, la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada.
- No será necesario que el solicitante exprese el motivo por el que realiza la solicitud, pero sí puede exponerlo si lo desea y podrá ser tenido en cuenta cuando se dicte la resolución.
En este sentido, y de cara atender este derecho de los ciudadanos, mutualistas e interesados, Activa Mutua 2008 ha habilitado la siguiente dirección de correo electrónico: transparencia@activamutua.es, en la que, de acuerdo con las indicaciones anteriores, se gestionarán estas solicitudes.»
Información jurídica y Normativa aplicable
- Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
- Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Memoria 2018

Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
